Estas son las limitaciones que regirán durante 30 días por el Estado de Excepción

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La noche de este viernes 17 de junio del 2022 el presidente de la República, Guillermo Lasso, emitió el decreto 455 que establece la vigencia, por el lapso de 30 días, del Estado de Excepción en las provincia de Pichincha, Cotopaxi e Imbabura, por la paralización nacional convocada por la CONAIE.

El decreto establece medidas extraordinarias que entrarán en vigencia a partir de las 00:00 de este sábado 18 de junio del 2022 tales como:

  • Disponer la movilización de las instituciones de seguridad como Policia Nacional, Fuerzas Armadas y otras del ejecutivo para mantener el orden, prevenir acontecimientos violentos, proteger la vida e integridad física de las personas, así como el derecho de la libre circulación y desarrollo de actividades económicas.
  • Se suspende el derecho a la libertad de reunión y asociación en estricta relación a los motivos del estado de excepción.
  • Se restringe la libertad de tránsito de 22:00 a 05:00 en el Distrito Metropolitano de Quito.
  • Se restringe el derecho de la libertad de información.
  • Dispone las requisiciones para mantener los servicios que garanticen los derechos de las personas.
  • Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deberán observar el uso progresivo de la fuerza y los principios aplicables y el uso de fuerza letal en caso de que la situación lo amerite. 
  • Disponer la Ministerio de Transporte y Obras Públicas el empleo de maquinaria para el despeje inmediato de las vías inhabilitadas.
  • En el ámbito de las competencias, los gobiernos autónomos descentralizados deberá apoyar y coordinar con la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas el normal funcionamientos de los mercados populares.
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