Jueza declara improcedente la Acción de Protección de la Prefectura de Imbabura contra la Municipalidad de Ibarra

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La disputa legal entre la Prefectura de Imbabura y la Municipalidad de Ibarra sobre la propiedad del estadio olímpico llegó a una conclusión importante. En la audiencia reinstalada el lunes 13 de mayo de 2024, la jueza constitucional Dra. Mercedes Cuastumal determinó la improcedencia de la Acción de Protección N° 10203-2024-00441, propuesta por Richard Calderón, titular de la Prefectura Ciudadana de Imbabura.

La Acción de Protección fue interpuesta por la Prefectura alegando la supuesta vulneración de derechos a la propiedad, debido proceso y seguridad jurídica, en el manejo y titularidad del estadio olímpico. Sin embargo, tras un análisis exhaustivo de la documentación presentada, la jueza Cuastumal ratificó que el estadio olímpico es patrimonio del Municipio de Ibarra, desestimando las reclamaciones presentadas por la Prefectura.

La decisión de la jueza se basó en evidencias documentales que confirmaron la titularidad municipal sobre el estadio, una instalación deportiva clave en la región que es centro de numerosos eventos y actividades comunitarias. Este fallo representa un capítulo significativo en la larga disputa entre ambas entidades gubernamentales sobre los derechos de gestión y propiedad del recinto.

 

 

En respuesta a la resolución judicial, la Prefectura de Imbabura anunció a través de un comunicado en sus redes sociales que no está satisfecha con el fallo y que apelará la decisión. La administración de Calderón sostiene que la institución provincial invirtió recursos significativos en la construcción del escenario deportivo, argumentando que esta inversión justificaría una reivindicación de la propiedad o al menos una co-gestión del estadio.

La resolución de la jueza Cuastumal no pone fin a la controversia, ya que la decisión de apelar por parte de la Prefectura de Imbabura sugiere que el conflicto legal podría extenderse por más tiempo, buscando una nueva evaluación de las pruebas y argumentos en una instancia superior.