
¿A quién está dirigido?
Conforme lo establecido en el Decreto Ejecutivo 1017, en su artículo 5 que faculta al Comité de Operaciones de Emegencia Nacional, establecer los términos de la restricción: la emisión del salvoconducto, aplica al sector de exportaciones y demás cadenas logísticas, provisión de alimentos, de abastecimiento a supermercados, tiendas, abarrotes, fruterías, carnicerías, panaderías, mercados, farmacias, empresas de producción de empaques de alimentos, insumos de limpieza e higiene, almacenes de suministros de cadenas agrícolas y camaroneras.

Se aplica también al sector financiero, mercado valores, alojamiento turístico (hoteles, hostales, hosterías y servicios complementarios) del país, exclusivamente para que brinden sus servicios a turistas que por la situación del Estado de Excepción, tuvieron que quedarse en el país.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
Verificar que el personal a movilizarse no presente síntomas de COVID-19.
Contar con la credencial o documento habilitante que permita verificar el desarrollo de la actividad para la cual se solicita el salvoconducto.
¿Cómo hago el trámite?
1. Ingresar a la página web: www.gob.ec
2. Seleccionar el trámite "Emisión de Salvoconducto para circulación durante emergencia sanitaria por Covid-19"
3. Llenar el formulario.
4. Descargar el formulario, en el cual deberá constar la firma de los REPRESENTANTES LEGALES DE LAS EMPRESAS en el caso de empresas privadas y de la Autoridad para el caso de Instituciones y empresas públicas del sector estratégico.
5. Presentar el formulario a los agentes de control.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Al ser un trámite en línea se encuentra disponible a nivel nacional las 24 horas.
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
Impuesta por el usuario, conforme a su necesidad y cumpliemiento del Decreto Ejecutivo 1017.
Para hacer el trámite en línea ingrese aquí